SELLOS DEDICADOS A MIEMBROS EGREGIOS DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE

Mariano Egaña Fabres (1788 - 1846)
Centenario de la Constitución de 1833.
Centenario del fallecimiento del presidente José Joaquín Prieto.
José Toribio Medina Zabala (1852 - 1930)
Primer centenario de su nacimiento
España a Chile
Doctor Lorenzo Sazie Laperrade-Pilo (1807 - 1865)
Rodulfo Amando Philippi Krumwiede (1808 - 1904)
200 años Alexander von Humboldt en América.
Darío E. Salas Díaz (1881 - 1941)
Mujeres destacadas en la Universidad de Chile en sus 156 años

Amanda Labarca Hubertson (1886 - 1975)

Marta Brunet Caraves (1901 - 1967).
Cuadro resumen

 

 

 

Mariano Egaña Fabres (1788 - 1846), primer Decano de la Facultad de Leyes y Ciencias Políticas.

Sobre la imagen de D. Mariano Egaña hay varias versiones y tal vez réplicas, que han provocado polémicas. Reuniendo las imágenes, el lector puede comparar.

Fragmento del retrato de M. Egaña, en la Pinacoteca de la Casa Central U. de Chile, Sala del Rector. Foto de L.G.L.

Retrato de M. Egaña atribuido a Francisco Mandiola (C. 1850), Museo Histórico Nacional, Santiago.

Retrato de M. Egaña publicado en libro de VALENZUELA ERAZO, Fernando. "Imágenes en la Universidad de Chile", op. cit, Bibliografía, p. 25.

El personaje:

Es el faro luminoso, no ya de la familia, sino de la sociabilidad y de la política chilena.

Aparece en el escenario público como una gran figura desde las primeras etapas libertadoras hasta 1846, y ocupa puestos sobresalientes como jurisconsulto, legislador, Ministro de Estado, diplomático, escritor y consejero áulico de numerosos regímenes y gobernantes.

Nació en Santiago por el año 1788 y se recibió de abogado en 1806, a los 18 años de edad. En 1813 sirvió la secretaría de la Junta de Gobierno y después del desastre de Rancagua fue conducido, en unión del autor de sus días, al cautiverio de Juan Fernández, donde permaneció hasta el 25 de marzo de 1817.

A su regreso en Santiago fue secretario de la intendencia, mayor de policía y sucesivamente, agente fiscal del tribunal de apelaciones, secretario de la junta de economía y árbitros; en 1820 fue cabildante y dos años después asesor letrado de la intendencia.

En 1823 pasó ya a sitios más encumbrados y fue secretario de Gobierno y de Marina, donde demostró sus cualidades de estadista y de letrado (28 enero y 4 de abril 1823).

Abdicación de O'Higgins. El 28 de Enero de 1823 se reunió el pueblo en el edificio del Consulado y exigió la comparecencia del Director Supremo, que al principio se resistió a concurrir y que luego se presentó ante la asamblea e hizo su histórica pregunta:

-¿Cuál es el objeto de esta asamblea?.

Mariano Egaña fue el primero en contestarle: manifestó que el pueblo estimaba sus servicios y su valor; pero que la situación reclamaba, para evitar mayores males, que dejara el mando que ejercía. O'Higgins negó a la concurrencia el derecho de representante del pueblo, pero al cabo de otros discursos de José Miguel Infante y Fernando Errázuriz, concluyó por dimitir el poder supremo.

Ministerio Egaña-Vial Santelices. El mismo día 28 de Enero del 23 desempeñó los Ministerios de Gobierno, de Relaciones y de Marina, teniendo por colega único, en los despachos de Hacienda y Guerra, a Agustín Vial Santelices. Era casi Ministro universal, y en realidad era el hombre más influyente de la época.

Emancipación de esclavos.- Cuando el Senado de 1823 decretó la manumisión de los esclavos, él se opuso y, si bien no demostró ideas esclavócratas, votó el acuerdo senatorial de libertad absoluta y propuso un reglamento sobre libertad condicional de la raza servil. Consideraba que los dueños de esclavos debían ser indemnizados en respeto al principio de propiedad y que la manumisión debía hacerse poco a poco, en bien de los mismos interesados. En su reglamento no acordaba la libertad a los esclavos de más de 50 años para no privarlos del derecho de ser mantenidos por sus amos y no exponerlos en la vejez a la miseria o mendicidad; rechazaba la manumisión para los menores de 21 años, y aún pasada esa edad el manumitido debía poseer un oficio; las mujeres no debían ser libres mientras no se casaran, etc.

Estas ideas, corrientes en el siglo XVIII, fueron desechadas por la opinión y por los legisladores y el mismo Egaña puso su firma, el 24 de Julio de 1824, a la ley que declaraba abolida la esclavitud en Chile. Barros Arana (Hist. G., XIV, 109) da interesantes pormenores sobre este punto.

Por lo demás el comercio negrero o la compraventa de esclavos era usual en Chile y América, y Egaña, al oponerse a la liberación y pedir que los amos recibieran indemnización, no hacía más que estimar el hecho lo mismo que si se hubiera tratado de expropiar un buey o un animal cualquiera. La moral quedaba rezagada y sólo se veía el principio de propiedad. La ética de entonces no permitía ver en el esclavo una parte de la humanidad, sino un ser despreciable y valorizado según su edad y sus aptitudes para el trabajo.

Ministerio Egaña-Mena. Duró el anterior Gabinete hasta el 4 de abril de 1823, en que le tocó organizar el siguiente: Gobierno y Relaciones, Mariano Egaña; Hacienda, Pedro Nolasco Mena, y Guerra y Marina, Juan de Dios Rivera. Permaneció en la jefatura ministerial hasta el 12 de julio de 1824, y fue reemplazado por Francisco A. Pinto.

Desde esa época pasa a ocupar puestos prominentes en la dirección del Estado. Fue nuevamente Ministro de Hacienda en 1830 y de Justicia en 1837. Salió elegido senador en 1831, firmó como tal la Constitución de 1833, y fue reelegido desde 1834 hasta 1846.

En 1825 se le nombró Ministro plenipotenciario ante varios Gobiernos europeos y estuvo especialmente en Londres y Paris. A él le cabe el honor de haber contratado los servicios del sabio Andrés Bello. Durante largos años, o más bien durante casi toda su gestión senatorial, fue fiscal de la Corte Suprema, puesto que entonces tenía atribuciones casi omnímodas en materia de acusaciones públicas. En 1835 fue al Perú en una misión especial e investido de plenos poderes para declarar la guerra al protector Santa Cruz y en 1839 desempeñó una misión análoga.

Redacción de la Constitución de 1833.- Mariano Egaña fue el más esforzado reformador constitucional de 1833. Presentó un proyecto de reformas en 1832, el cual sirvió de base de discusión a la comisión encargada de informar sobre la reforma. La comisión se componía de siete miembros elegidos el 25 de Octubre, de 1832 por la gran Convención Nacional y que eran Mariano Egaña, Agustín Vial Santelices, Fernando A. Elizalde, Santiago Echeverría, Gabriel José Tocornal, Juan Francisco Meneses y Manuel José Gandarillas.

Sobresalían entre esto el Sr. Egaña y el Sr. Gandarillas. El primero había adquirido en Chile en su juventud los mayores y los más extensos conocimientos legales que podía proporcionar la vetusta Universidad de San Felipe. Desde niño había manifestado, junto con una gran contracción al estudio, una rara precocidad intelectual no sólo para asimilarse los conocimientos, sino para discurrir por sí mismo con una notable claridad de juicio. Al lado de su padre el Dr. Juan Egaña, que era tenido por el hombre más ilustrado de este país, Mariano había adquirido muy variada educación; había estado recluido en Juan Fernández y sus cuatro años de permanencia en Europa, en desempeño de una importante comisión nacional, le habían permitido adquirir muchos conocimientos sobre la ciencia y práctica del gobierno" (Barros Arana, Historia General, XVI, 305).

Fue el principal instrumento de la reforma y muchos artículos están redactados de su puño y letra. El objeto que perseguía era constituir un ejecutivo fuerte y poderoso, capaz de resistir y sofocar los gérmenes revolucionarios y anárquicos que habían prevalecido y estallado desde la caída de O'Higgins.

Uno de los principales méritos de la Constitución de 1833, al revés de la de 1828, consistió en revestir de facultades propias e independientes al Jefe del Estado, de amoldar la situación a la realidad de la vida social y de ajustar las normas del derecho y de la cultura a los medios existentes, sin ideolojismos fantásticos ni ficciones extraídas o trasplantadas de otros pueblos o de otras edades.

Aquí está el gran mérito de este constitucionalista del 33. Muchas de sus ideas, vaciadas en los moldes de la monarquía, fueron rechazadas y combatidas; pero también otras fueron aceptadas y así, con trozos e ideas dispersos y heterogéneos, se formó el edificio constitucional de 1833, que tuvo 90 años de existencia y fue reemplazado por la Constitución promulgada el 18 de Septiembre de 1925.

Leyes Marianas. Y no sólo se le deben muchos preceptos constitucionales de 1833, sino que es autor de numerosos decretos con fuerza de ley que se dictaron en 1837, en virtud de facultades extraordinarias de que se invistió al Gobierno, al igual que se hizo en 1825 y 1826, para que arreglara y completara la legislación del país.

Ese año, dice Manuel E. Ballesteros en su Derecho procesal chileno, "el poder Ejecutivo, haciendo uso de las facultades legislativas que le habían dado, delegadas por ley de 31 de Enero del mismo año, dictó una serie de disposiciones tendientes a establecer nuevas reglas de procedimientos en materias importantes. Estos decretos han sido reconocidos con el nombre de leyes marianas por haber sido la obra del fiscal de la Corte Suprema, Mariano Egaña, que era en esa época uno de los primeros jurisconsultos del país".

A él se debe la creación de cementerios. El decreto creador empezaban así: "En toda ciudad o villa se formará un panteón fuera de la ciudad".

Fue uno de los hombres más influyentes entre sus contemporáneos, contribuyó, junto con Portales, a vigorizar el poder central, intervino en la dictación de casi todas las leyes sustanciales del país y demostró entereza de carácter, voluntad inflexible en el cumplimiento de sus deberes y nobilísimas virtudes republicanas.

Al morir, el 23 de Junio de 1846, se le decretaron honores públicos.

Fue dueño de Peñalolén, cuyo famoso parque, imitación del de Saint Cloub, hizo construir según modelo que trajo de sus viajes por Europa. En él mantenía sabrosas charlas con sus visitantes, entre los cuales contábase siempre el sabio Andrés Bello.

Compra de la Biblioteca Egaña. Por ley de 16 de octubre de 1846 se dispuso que el Estado "comprara la biblioteca que fue del finado senador y fiscal de la Corte Suprema, supuesto el consentimiento en forma legal, de la heredera doña Margarita Egaña".

Se disponía en la misma ley que con esa biblioteca y todos sus impresos, manuscritos y bustos que la componían, se formara un departamento especial en la Biblioteca Nacional, cuyas puertas y estantes tendrían esta inscripción: Biblioteca Egaña.

Y a este propósito escribió Luis Galdames en su estudio sobre la Biblioteca Nacional en 1908: "Su gabinete de estudio había llegado a ser lo mejor que en materia de libros se conociera en Chile, y atendidas la importancia y la variedad de las obras, ni la Biblioteca Nacional podía competir con él.

Contaba, además, con una multitud de documentos sobre la historia patria, que tanto él como su ilustre padre habían reunido desde la época de la Independencia, y con una colección de bustos y personajes célebres, que servían a la sala de adecuado adorno".

Así se tributó un digno y merecido homenaje al esclarecido ciudadano que contribuyó durante cerca de medio siglo a la organización y robustecimiento de la República.

Fue casado con doña Rosario Zuazagoitía y dejó una sola hija, doña Margarita, esposa primero de José Santiago Melo, y desposada después en segundas nupcias con Pedro Nolasco Tocornal".

Fte.:FIGUEROA, Virgilio, op. cit. en Bibliografía, págs. 39, 40, 41 - Tomo III, 1929.